viernes, febrero 11

Inspectoría del Trabajo impone multa a El Universal por negarse a reenganchar a periodistas despedidos

En virtud del desacato a la medida de reenganche en favor de los trabajadores del diario El Universal despedidos en abril pasado, la Inspectoría resolvió multar a este medio de comunicación, de acuerdo al artículo 642 de la Ley Orgánica del Trabajo.

La Providencia Administrativa, emanada de la Sala de Sanciones, ordena que El Universal debe cancelar un salario mínimo por cada trabajador amparado y en cuyo favor se hubiese dictado una medida preventiva de reenganche en el mes de mayo de 2010.

La multa de un salario mínimo es el tributo más alto que establece la Ley Orgánica del Trabajo para cuando se produce, como en este caso, la desobediencia a una citación u orden emanada del funcionario competente. Dice la norma que “acarreará al infractor una multa no menor del equivalente a un octavo de un salario mínimo, ni mayor a un salario mínimo” (Art. 642 de la LOT).

En este sentido, y siendo 10 los trabajadores que se ampararon ante el Ministerio para resguardar sus derechos laborales, la multa que El Universal debe cancelar en no más de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación, es de doce mil doscientos treinta y ocho bolívares fuertes (BsF. 12.238,00). El incumplimiento de esta medida sometería a la empresa a multas sucesivas “mientras permanezca en rebeldía”, hasta exceder el tiempo razonable, a juicio del órgano administrativo.

Ante el despido injustificado de 11 periodistas, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa inició en la Inspectoría del Trabajo un procedimiento administrativo con el objeto de que les fueran restablecidos los plenos derechos a los compañeros afectados. En esa oportunidad, y así es reconocido en la Medida Preventiva que incumplió El Universal, el SNTP denunció que este medio de comunicación burló la inamovilidad laboral prevista en el artículo 506 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Sigue pendiente la decisión sobre el fondo de la solicitud que persigue el reenganche definitivo de los trabajadores. Hasta ahora lo que ha ocurrido es que la Inspectoría dictó una medida de protección mientras se cumple el procedimiento de Ley, y cuyo desacato derivó en la sanción antes descrita.

A diez meses de los despidos, el SNTP reitera su pedimento a la Inspectoría del Trabajo para que se pronuncie en favor de los afectados y al diario El Universal, para que renuncie a su posición de desconocimiento de la Ley y acate las decisiones que le reconocen los compañeros sus derechos como trabajadores

La Junta Directiva

Caracas, 09 de febrero de 2011